¿CÓMO RECURRIR LA TASA DE BASURAS DE MADRID?

Tasa de basuras

El Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a notificar las liquidaciones de la nueva tasa de residuos, según la Ordenanza Fiscal 8/2024, publicada en el BOCAM el 27 de diciembre de 2024. Muchos contribuyentes desconocen que esta tasa puede ser impugnada, y que existe un plazo de solo un mes desde la notificación para presentar el recurso.

En Bradia ayudamos a empresas y entidades gestoras de aparcamientos a recurrir la tasa de basuras, facilitando todo el proceso y asegurando que la reclamación sea presentada correctamente.

📝¿Por qué recurrir la tasa de residuos?

La nueva tasa de residuos de Madrid se calcula principalmente en función del valor catastral de cada inmueble, que representa el 91% del coste y se asimila bastante al IBI.

El 9% restante se distribuye según la generación potencial de residuos, considerando promedios por zonas tanto para viviendas residenciales —según el número de empadronados y el volumen estimado de residuos— como para locales no residenciales, —donde se toma en cuenta el uso catastral y la estimación de residuos en la zona—.

Además, la ordenanza establece límites máximos:

👉20.000 € para residenciales

👉y 30.000 € para no residenciales.

A modo de ejemplo, un inmueble con valor catastral de 300.000 € pagaría aproximadamente 300 €, mientras que uno de 2.000.000 € pagaría unos 2.000 €.

💡Pues bien, aunque la ley obliga a todos los municipios a establecer la tasa de residuos, el Ayuntamiento de Madrid ha regulado esta tasa contraviniendo algunos principios generales de ordenación de tasas. Por ello, recurrirla puede ser una opción beneficiosa porque si se estima dicho recurso, solo beneficiará a quienes hayan presentado reclamación dentro del plazo.

🕒 Plazo para recurrir: 1 mes desde la notificación

Es fundamental actuar rápido: el plazo de recurso es de un mes desde que se recibe la carta de pago para presentar la reclamación. Después de este plazo, se pierde la oportunidad de impugnar la tasa.

Existen dos vías principales para recurrir:

1. Recurso de Reposición

🟢 Presentación ante la Agencia Tributaria de Madrid.

🔵 Plazo: 1 mes desde la notificación de la liquidación.

2. Reclamación Económico-Administrativa ante el TEAMM

🟢 Presentación ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid.

🔵 Plazo: 1 mes desde la notificación de la liquidación.

⚖️Cómo te ayudamos en Bradia

En Bradia, hacemos que el proceso de impugnación sea sencillo:

  • Te explicamos qué documentos presentar.
  • Redactamos un recurso adaptado a tu caso.
  • Te asesoramos sobre la mejor vía de reclamación para optimizar tus posibilidades de éxito.
  • Nos encargamos de realizar todos los trámites ante la Agencia Tributaria o Tribunal Económico-Administrativo Municipal hasta la obtención de una resolución favorable.

No dejes pasar el plazo de un mes: cuanto antes se presente el recurso, más opciones de éxito.

💡 Argumentos habituales para impugnar la tasa

1️⃣Ilegalidad de la Ordenanza Fiscal.

2️⃣Cálculo incorrecto de la tasa.

3️⃣Etc.

📞 Para más información, contáctanos!

En Bradia, nos centramos en impugnar aquellas liquidaciones de la tasa de basuras que superan los 5.000 €.

📌 Somos especialistas en Catastro.🌍 Tramitamos casos en toda España.⚡ Lo hacemos fácil, rápido y bien.

Asesoramos a empresas y entidades gestoras de aparcamientos en rotación para recurrir la liquidación de la tasa de basuras en Madrid. Nuestro equipo especializado en tributos locales te asesorará sobre la viabilidad de recurrir tu caso y te guiará en todo el proceso.

👉 Formulario de contacto📧 [email protected] 📞 986 29 26 26

6 comentarios en “¿CÓMO RECURRIR LA TASA DE BASURAS DE MADRID?

  1. Considerando que desdes el año 2009, la tasa de basuras se añadio al recibo de la contribucion, supongo que este año, el ayuntamiento debera devolverlo a los ciudadanos que ya lo hayan abonado y que tendra que rebajarse el IBI para el año proximo, por lo tanto los diudadanos de Madrid que recurrirlo, a no ser que las gestoras hagan una reclamacion universal para todos los madrileños, o que hagan una nueva resolucion, como ocurrio con el pago de las mutualidades y lo devuelvan de oficio.

    1. Hola Vicente:

      Gracias por su comentario.
      Por el momento no existe ninguna resolución ni pronunciamiento judicial que haya declarado la tasa de basuras del Ayuntamiento de Madrid como ilegal o nula de pleno derecho. Por ello, el Ayuntamiento no está obligado a devolver las cantidades abonadas ni a modificar el importe del IBI para el próximo ejercicio.

      Solo en el caso de que en el futuro se declarara la ilegalidad de la tasa, podría producirse una devolución general o de oficio. Asimismo, los efectos de la devolución vendrían determinados por la propia sentencia. Mientras tanto, únicamente quienes presenten un recurso individual podrán defender su caso concreto, lo que es especialmente interesante cuando las cuotas sean de importe elevado.

  2. Tengo 9 inmuebles y quiero reclamar todas las tasas de basuras y también la revisión de los catastros.

    1. Hola Mario:

      Gracias por tu mensaje. Hemos visto tu consulta y ya te hemos enviado un correo para poder ayudarte personalmente con la revisión de los catastros y el reclamo de las tasas de basura de tus inmuebles.

      Un saludo,

    1. Buenos días, José Luis:

      Te hemos enviado un mail con toda la información. Muchas gracias por contactarnos y esperamos poder ayudarte.

      Un saludo.

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