DIFERENCIA ENTRE DESTINO Y TIPOLOGÍA CONSTRUCTIVA EN EL CÁLCULO DEL VALOR CATASTRAL

🏢¿Qué es el uso o destino y qué es la tipología constructiva?
La tipología constructiva es un elemento de valoración catastral que depende de las características constructivas del inmueble (construcción, elementos constructivos, materiales, etc.)
El uso o destino es la finalidad o actividad que se desarrolla en el inmueble y que no tiene por qué coincidir con su tipología constructiva. Por ejemplo, pueden desarrollarse actividades hosteleras en una nave industrial. (Mercado de la Galiciana en Santiago de Compostela).
🔍¿Dónde se regula?
La norma 20.8 del Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, establece que:
“Cuando en la tipificación de un edificio existan locales en los que el uso a que están destinados no corresponda a su tipología constructiva (por ejemplo, oficinas ubicadas en locales de viviendas, comercio en viviendas, etc.), se aplicará a dichos locales el valor que corresponda a su tipología constructiva”. Norma 20.8 RD 1020/1993
⚠️Errores en el valor catastral de los inmuebles: ejemplos prácticos
La Gerencia de Catastro en muchas ocasiones asigna el mismo coste euros/m2 a inmuebles que tienen el mismo destino, pero con características constructivas totalmente diferentes. Concretamente, se está asignando al Palacio de los deportes de Lugo el mismo coste €/m2, que a una nave industrial donde se juega al pádel en el polígono del Ceao (Lugo).
El primero tiene un coste euros/m2 mucho mayor. Un gran complejo deportivo con salidas de evacuación, control de accesos, climatización y ventilación, megafonía, geotermia… La nave industrial tiene 4 canchas de pádel y un vestuario de 80m2.
A continuación, se acompañan imágenes de ambos inmuebles:

En consecuencia, la asignación de la tipología de un inmueble debe hacerse en función de las características constructivas del mismo, no del uso o destino que tenga, pues se trata de elementos valorativos diferenciados.
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Para solucionar estos problemas es necesario acudir a profesionales que orienten las actuaciones tendentes a reducir el valor catastral a través de la elaboración de informes técnicos que, presentados ante la Gerencia de Catastro correspondiente, te permitirán reducir tu recibo del IBI y recurrir el valor catastral del inmueble.
Nuestro procedimiento para detectar errores es el siguiente:
- El propietario nos envía el último recibo del IBI del inmueble.
- Si tiene alguna notificación recibida del catastro nos la envía también.
- Eventualmente necesitamos planos o fotografías del inmueble.
- Con esta información, realizamos el análisis del inmueble, detectando los errores de valoración y procedemos al inicio de un procedimiento de subsanación de discrepancias.
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