Tipo diferenciado de IBI en aparcamientos en Madrid: qué hacer si te han desestimado el recurso

El Ayuntamiento de Madrid ha comenzado a enviar las primeras desestimaciones de los recursos de reposición presentados por propietarios de aparcamientos afectados por la subida del IBI en 2024 debido a la aplicación del tipo diferenciado industrial (1,135%).
Si has recibido una resolución desestimatoria, todavía puedes seguir recurriendo. En este post analizamos el problema y qué opciones hay para seguir reclamando, ayudándote a defender tu caso y reclamar lo pagado de más.
🔎El origen del problema: el cambio en los usos catastrales de los aparcamientos
Tradicionalmente, los garajes y aparcamientos figuraban en Catastro con el uso:
- A → Almacén-Estacionamiento tributando al tipo general de IBI.
Sin embargo, con la Resolución de 8 de enero de 2024 de la Dirección General del Catastro, este uso se dividió en dos categorías:
- Uso U → Almacén-Estacionamiento de uso residencial
- Uso S → Almacén-Estacionamiento de uso industrial
Este cambio ha permitido a algunos ayuntamientos —entre ellos el de Madrid— aplicar un tipo diferenciado más alto (1,135%), a los aparcamientos reclasificados como “uso industrial”. Para saber más sobre este tema, puedes consultar nuestro post anterior, donde explicamos detalladamente la problemática.
👉 El resultado: importantes incrementos en los recibos del IBI de 2024 para muchos propietarios.
⚖️El problema: el tipo diferenciado podría ser contrario a la normativa estatal
La cuestión clave es que los aparcamientos no son realmente inmuebles industriales, ni así están considerados por Catastro.
Por ello, la aplicación del tipo diferenciado podría ser contraria a la normativa estatal, ya que:
- El artículo 72.4 del TRLRHL solo permite aplicar tipos diferenciados a usos expresamente reconocidos por la normativa estatal.
- La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS de 31 de enero de 2023) prohíbe crear subusos o categorías no previstas en el marco estatal para aplicar tipos impositivos superiores.
En consecuencia, la subida aplicada a muchos aparcamientos podría ser improcedente.
📩Qué hacer si el Ayuntamiento ha desestimado tu recurso: el siguiente paso es la REA
Muchos contribuyentes recurrieron sus liquidaciones del IBI 2024 mediante recurso de reposición. Ahora que el Ayuntamiento está notificando resoluciones desestimatorias, el siguiente paso es presentar una:
- Reclamación Económico-Administrativa (REA) ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid.
⏳ Plazo: 1 mes desde la notificación de la desestimación.
Ahora bien, no actuar dentro de ese plazo puede suponer perder definitivamente el derecho a reclamar.
🏛️Un precedente judicial favorable
En Bradia ya hemos obtenido una sentencia estimatoria favorable a los contribuyentes, que confirma que:
🟢 Los aparcamientos con uso “Almacén-Estacionamiento” no pueden considerarse industriales a efectos del IBI.
🔵 Las ordenanzas municipales no pueden alterar la clasificación catastral fijada por la normativa estatal.
🟣 Los propietarios tienen derecho a recuperar lo pagado de más, con intereses.
Aunque la sentencia se encuentra recurrida, supone un precedente único y muy relevante para impugnar liquidaciones similares.
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¿Te han subido el IBI de tu aparcamiento en Madrid? ¿Has recibido una resolución desestimatoria del recurso de reposición?
Si estás en alguna de estas situaciones, todavía puedes presentar una Reclamación Económico-Administrativa en el plazo de un mes. En Bradia te ayudamos a:
✔️ Defender tus derechos
✔️ Recuperar lo pagado de más
✔️ Evitar incrementos injustificados en tu IBI
Como decimos, en Bradia defendemos que los aparcamientos con uso “almacén-estacionamiento” no deben tributar como industriales y que es posible recuperar lo pagado de más.
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