RECURRIR EL VALOR DE REFERENCIA ANTES DE LA COMPRAVENTA: CASOS DE ÉXITO

Recurrir valor de referencia antes de la compraventa

❓¿Es posible recurrir el valor de referencia antes de la compraventa?

Desde el 1 de enero de 2022 se viene aplicando el valor de referencia para calcular la base imponible del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos (ITP) y el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

Ahora, quienes adquieren un inmueble tienen que declarar la operación por el Valor de Referencia cuando sea superior al valor de compra fijado en la escritura.

👉 No obstante, muchos contribuyentes desconocen que pueden recurrir antes del pago de los impuestos correspondientes; incluso se puede recurrir el valor de referencia después de haber firmado la compraventa (durante el mes de plazo para liquidar el ITP).

🕒 Gracias al Convenio de Colaboración con la Dirección General del Catastro, la resolución tarda entre 2 y 3 semanas. En Bradia podemos corregir tu valor de referencia antes de que tengas que adelantar el impuesto.

📬Buzón habilitado en la sede electrónica

Además del Convenio que tenemos suscrito con la Dirección General del Catastro, la propia Sede Electrónica ha habilitado un mecanismo para la corrección del valor de referencia con carácter previo a la transmisión.

Con este nuevo buzón nos aseguramos de que al recurrir el valor de referencia el cauce sea el oportuno y se tramite con especial rapidez debido a la cercana transmisión del inmueble.

🔧¿Cuál fue nuestro trabajo en un caso de éxito?

🟢 En el supuesto que os presentamos, existía intención de firmar escritura de compraventa en torno a finales de 2023 para adquirir el inmueble por importe de 75.000 €.

🔵Sin embargo, su valor de referencia se situaba en 178.794,80 €, con lo que haciendo uso del buzón, se presentó ante la Gerencia de Catastro comunicación de error en el valor de referencia.

💡Al recurrir el valor de referencia se presentó un informe técnico de comparables, analizando el ámbito territorial en el que se ubicaba el inmueble. Además, también se indicó la necesidad de aplicación de coeficientes correctores para adecuar el valor de referencia; este resultaba demasiado elevado en atención a la categoría y antigüedad del mismo.

¿Cuál fue el resultado?

Pues bien, visto el escrito presentado, se estimó y se fijó el nuevo valor de referencia en 96.445,69 €. Este resultado supone un ahorro de 8.234,92 € en concepto de ITP.

Se documenta a continuación el cambio producido en el valor de referencia; se puede apreciar la diferencia entre el mes de mayo (antes de nuestra actuación) y junio (después de nuestra actuación):

Ahora, una vez realizada la compraventa, se liquidará el impuesto tomando como base el valor de referencia corregido.

📞 ¿Cómo podemos ayudarte?

Existen numerosos errores en el cálculo del valor de referencia, por lo que recomendamos que no esperes para revisar tus operaciones inmobiliarias y recurrir si es necesario.

📌 Somos especialistas en Catastro.🌍 Tramitamos casos en toda España.⚡ Lo hacemos fácil, rápido y bien.

Si tu valor de referencia es superior al valor de compra, contacta con nosotros hoy mismo. Con Bradia pagas solo lo justo, te evitamos tener que adelantar el pago de impuestos que no te corresponden.

👉 Formulario de contacto📧 [email protected] 📞 986 29 26 26

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